A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Juzgado Segundo Penal Del Circuito Especializado De Antioquia·Demandado Jep
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
- Competencia de la Corte Constitucional
- Presupuesto subjetivo
- Requisitos para su configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La controversia entre las anteriores autoridades judiciales se suscitó en torno al trámite de un proceso penal en contra de un ciudadano al que se le imputó el delito de secuestro extorsivo agravado en concurso sucesivo heterogéneo con el delito de cohecho propio.
La Corte constató que en el asunto de la referencia no se satisfacen los presupuestos para resolver un conflicto entre jurisdicciones, toda vez que sólo el juzgado especializado es el que aparece como única autoridad que se ha pronunciado de manera definitiva sobre su competencia para conocer el proceso penal mencionado.
Esto, porque la resolución mediante la cual la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP negó la solicitud de sometimiento del peticionario y rechazó la competencia material del proceso, no se encuentra en firme, en tanto la Sección de Apelación del Tribunal Especial para la Paz de la JEP, no ha resuelto el recurso interpuesto en contra de dicha acto administrativo.
Con base en lo anterior la Corte se INHIBE de emitir pronunciamiento de fondo y ordena devolver el expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia, para lo que corresponda, de conformidad con lo expuesto en el presente auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento sobre el inexistente conflicto negativo de competencias entre jurisdicciones, planteado por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Antioquia, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-00080 al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Antioquia, para lo que corresponda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. Esta autoridad judicial deberá comunicar la presente decisión a las partes e intervinientes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.